La Unión Europea (20/2014)

La Política Conjunta de Exteriores y Seguridad de la UE

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La Unión Europea (20/2014)

Esta semana vamos a observar el proceso de formación de la Política Conjunta de Exteriores y Seguridad de la UE. Tras la terminación de la Guerra Fría los cambios ocurridos en la arena internacional causaron también el cambio de los parámetros que determinan las políticas exteriores de todos los actores internacionales en especial los estados en el nuevo sistema. Porque en la nueva coyuntura formada en la UE a fin de tomar una parte más fuerte se aceleraron las labores de política exterior además de la integración política. Como se considera el 1 de noviembre de 1993 el Tratado de Maastricht transformó la UE en una estructura con tres pilares. Lo primero es el Pilar de Comunidad – La Comunidad Económica Europea y EURATOM, el segundo pilar es la Política Común de Exteriores y Seguridad y el tercer pilar es la Justicia y Asuntos Interiores. Otro capítulo surgido adelante en la determinación de las fases a fin de asegurar la unión monetaria y económica a través de Maastricht fue la Política Común de Exteriores y Seguridad. Así son los objetivos determinados con Maastricht:
- La protección de la independencia de la UE y los intereses básicos y valores comunes.
- El fortalecimiento de la seguridad de los países miembros.
- El fortalecimiento de la seguridad internacional y la protección de paz en el marco del Tratado de la ONU y el Acta de Helsinki.
- El fortalecimiento de la cooperación internacional.
- El desarrollo y fortalecimiento de la democracia, respeto al derecho, los derechos humanos y las libertades principales.

En el Tratado de la UE (Maastricht) podemos decir que el caso de defensa fue el desarrollo más importante en el marco de la política común y su ampliación. A fin de poder llegar a los objetivos de la Política Común de Exteriores y Seguridad se previeron tres medios. Así son la colaboración, la postura común y el acto común. La colaboración mientras simboliza la adaptación de las políticas exteriores de los países miembros con la de la UE, la postura común es la adaptación de las políticas de loe miembros comunitarios a la postura común determinada por la UE y el acto común es el impedimento de la proliferación de las armas nucleares, el desarme europeo, la política de control de armas, la postura económica fuerte de la seguridad, el control de las transferencias de tecnología militar realizada a terceros países y el control de la exportación de armas. La UE tras la aprobación del Tratado de Maastricht mientras intentaba desarrollar esta política para que fuera un organismo intergubernamental por otra parte los asuntos políticos y económicos sobre la dimensión económica de las relaciones exteriores se abordara en la estructura corporal de la Unión surgió adelante la característica organizativa internacional. Tras el Tratado de Maastricht el proceso de profundización de la UE continuó con la aprobación del Tratado de Ámsterdam y se realizaron las reglamentaciones jurídicas a fin de probar el deseo común en los campos de seguridad, defensa y política exterior. Referente a la seguridad y política exterior se determinaron todos los asuntos en los objetivos de la Política Común de Exteriores y Seguridad:

- La protección de los valores comunes, los intereses principales, la independencia de la unión conforme a la Condición de la ONU.
-El fortalecimiento de la seguridad de la Comunidad con todos sus aspectos.
- El fortalecimiento y desarrollo de la democracia, los derechos, los derechos humanos y el respeto a las libertades principales.

Se echan las estrategias comunes con el Tratado de Ámsterdam a los medios de actividad común, la colaboración prevista en el Tratado de Maastricht a fin de llegar los objetivos de la Política Común de Exteriores y Seguridad. En el Tratado de Ámsterdam vemos que toman parte en el marco de la Política Común de Seguridad y Exteriores las opciones desde la identificación amplia, las ayudas económicas, la administración de crisis y las intervenciones militares. No será un error que se tomaron estos pasos en un camino de defensa común a fin de formar la Política Común de Seguridad y Defensa. En breve a través del Tratado de Ámsterdam se revisaron los artículos en el Tratado de Maastricht sobre esta política y se amplió el contenido de la Política Común de Exteriores y Seguridad. Las enmiendas realizadas en la estructura corporal de la UE en el campo de seguridad mientras fortalecieron la mano de la Unión no es fácil de formar una política de seguridad y defensa. En el proceso de desarrollar un concepto común de seguridad acordado por todos los miembros surgen adelante diferentes opiniones entre los miembros. La semana que viene vamos a observar la Identidad Europea de Seguridad y Defensa además de las opiniones de los miembros sobre la política de defensa y seguridad.


 

 



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