EEUU regula y dificulta otra vez la sanción de visado en los recursos

''Deberán tener un contacto orgánico con una persona o una corporación desde los EEUU, los que recurren para el visado en estos 6 países musulmanes''

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EEUU regula y dificulta otra vez la sanción de visado en los recursos

El Departamento de Estado estadounidense buscará la condición de ‘tener el contacto orgánico con una persona o una corporación en los EEUU’ en los que recurren por el visado desde los 6 países musulmanes.

Las reglas nuevas anunciadas por las fuentes del Departamento de Estado estadounidense y anunciadas por la Agencia de Associated Press, se aplicarán a partir de la mañana de jueves en los EEUU. Según ello los ciudadanos de Siria, Irán, Somalia, Libia, Sudán y Yemen mayoritariamente los países musulmanes por su población, deberán documentar que reciben la aceptación desde una oficina laboral legal o un relativo que vive en  los EEUU mientras recurren por el visado nuevo. En la nota de información enviada por el departamento a todas las misiones diplomáticas en el mundo, es informado que se observará si existe o no unos parientes, parejas, niños, hijos o hijas adultos, yernos, nueras o los hermanos que viven en los EEUU con un estatuto legal, de los que recurren por el nuevo visado.

En aquella nota es enfatizado que se aíslan de este marco los abuelos, tíos, tías, primos, sobrinos/as, cuñados/as o parejas prometidas y se evaluarán estas personas como ‘el contacto familiar con cercanía’.

Es anunciado que esta reglamentación nueva se aplica adecuadamente a la decisión de la Corte Suprema estadounidense hace dos días que ‘no se vincularán con la prohibición de visado, los que tienen el contacto orgánico con los EEUU’ y no influirá a los que tienen un visado actual y válido por los EEUU.    



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