El gobierno español otorga la nacionalidad por la carta de naturaleza a 220 sefardíes

La ley que otorga la nacionalidad española a los sefardíes, aprobada en junio de 2015 por el Parlamento español

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El gobierno español otorga la nacionalidad por la carta de naturaleza a 220 sefardíes

Madrid, 5 ago (EFE).- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a 220 ciudadanos sefardíes, descendientes de los judíos que fueron expulsados en 1492, entre los que se encuentra el Gran Rabino de Jerusalén, Salomón Amar.

Se trata de los últimos 220 sefardíes que habían iniciado su expediente de adquisición de nacionalidad española antes del pasado 1 de octubre, fecha de entrada en vigor de la Ley, acreditando debidamente su condición de sefardí de origen español ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, pero que no pudieron beneficiarse de esta medida por razones operativas.

Con este real decreto, según la referencia del Consejo, se solventa ese incumplimiento parcial y se evita que estas personas tengan que iniciar un nuevo procedimiento y repetir las gestiones ya realizadas para acreditar su pertenencia a esta comunidad.

Además, no tendrán que renunciar a la nacionalidad de origen, puesto que el real decreto se aprueba tras la reforma del Código Civil llevada a cabo en ese sentido por la Ley de concesión de nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

Para que la concesión de la nacionalidad tenga eficacia, el interesado deberá entregar en el Registro Civil que le corresponda por domicilio los certificados de nacimiento y de antecedentes penales, y tendrá que jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes.

Los interesados disponen de 180 días desde que reciban la notificación personal para acreditar que cumplen con los requisitos.

El 2 de octubre de 2015 el Consejo de Ministros aprobó un real decreto por el que se concedía la nacionalidad española por carta de naturaleza a 4.302 ciudadanos sefardíes, que ahora se completa con estos 220 que no pudieron completar el proceso.

La ley que otorga la nacionalidad española a los sefardíes, aprobada en junio de 2015 por el Parlamento español, establece que el procedimiento de nacionalidad será electrónico y que la solicitud se formulará en castellano e irá dirigida a la Dirección General de los Registros y el Notariado.

La condición de sefardí originario de España podrá acreditarse con un certificado expedido por el Presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España, el cargo análogo de la comunidad judía de residencia o de la autoridad rabínica competente.

También servirá la acreditación del uso como idioma familiar del ladino o por otros indicios que demuestren la tradición de pertenencia a tal comunidad, como la partida de nacimiento o el certificado de matrimonio en el que conste su celebración según las tradiciones de Castilla.

Se aceptará como prueba un informe motivado, emitido por una entidad de competencia suficiente, que acredite la pertenencia de los apellidos del solicitante al linaje sefardí de origen español. EFE



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